El Cabildo de canónigos de la Concatedral es un colegio de presbíteros, en torno al Obispo, instituido con el objeto de que se tribute a Dios un culto más solemne en la Iglesia, sede del Obispo.

Nuestro Cabildo de canónigos se remonta a 1596, año en que el Papa Clemente VIII, siendo Obispo de la Diócesis D. José Esteve y reinando en España Felipe III, se erigió la parroquia de San Nicolás en Colegiata.

El Cabildo Colegial estaba formado por tres dignidades y 11 canónigos. Este Cabildo pasaría a ser Cabildo Concatedralicio, cuando la Colegiata fue elevada al rango de  Concatedral,  por Bula de Juan XIII,  en 1959, siendo Obispo de la Diócesis Mons. Pablo Barrachina.

Nuestro Cabildo se encuentra estrechamente unido al Cabildo de la Catedral de Orihuela, sede histórica del obispo diocesano, con el que en la actualidad tiene el privilegio de compartir muchas de las funciones capitulares.

  El Cabildo se organiza mediante diferentes servicios, llamados oficios : el Deán, que es el presidente del Cabildo;  el Chantre (Cantor);  el Penitenciario, que atiende el confesionario de modo especial y está facultado para absolver los pecados reservados;  el Doctoral (especialista en Derecho canónico);  Magistral (especialista en Teología); Prefecto de liturgia;  Maestro de capilla, al tato de la “Capilla Musical” que solemniza el culto; Archivero; Fabriquero, que cuida del patrimonio; Organista y  Responsable de Protocolo. El Código de Derecho Canónico y los Estatutos y Reglamento del Cabildo rigen el funcionamiento de estos oficios.

06/12/2013 Alicante.- Procesion de San Nicolas. / Foto: J.P.REINA

06/12/2013 Alicante.- Procesion de San Nicolas. / Foto: J.P.REINA

En la actualidad, con la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II y los cánones del nuevo Código de Derecho Canónico, la función del Cabildo es fundamentalmente cultual: Celebrar las funciones litúrgicas más solemnes en la Iglesia Concatedral, es decir, promover a Dios un culto en espíritu y verdad. Además puede realizar otras funciones que el Derecho o el Obispo diocesano le encomienden (CDC-1983, c.503). Por esto los canónigos preparan y actúan  en los acontecimientos más importantes relacionados con la Concatedral, como sede del Obispo, en donde él celebra los oficios más señalados: La Misa Crismal, las Órdenes sagradas, la Natividad, la Pascua y otras.

Además de la litúrgica, la dimensión pastoral de este colegio de sacerdotes se centra en los siguientes aspectos:

Atender el servicio de la pastoral de la Concatedral.  La atención diaria al sacramento de la penitencia, que hacen de la Catedral un centro privilegiado de acogida y perdón, está siempre atendida por un canónigo o varios: el penitenciario y otros. La oración por las necesidades del mundo, por los sufrimientos y las esperanzas de los hombres, y especialmente por nuestra Iglesia Diocesana de Orihuela-Alicante, está dentro de los cometidos de los canónigos.

Custodiar el patrimonio artístico-religioso. El Cabildo Concatedral es celoso custodio de un valioso patrimonio artístico-religioso, heredado de siglos pasados.  Este patrimonio, además de la misma fábrica del templo, contiene importantes obras de arte pictórico, esculturas y preciosas piezas de orfebrería. Sin duda que el arte religioso es una de las mejores catequesis que puede llegar a muchas personas, que de otra manera nunca recibirían formación. En este sentido,  el Cabildo vela para que nunca se prive de esta dimensión catequética al patrimonio

Junto con el Cabildo Municipal, ejercen un “patronazgo” sobre la Santa Faz, velando y cooperando con la Capellanía del Monasterio, para que  se preserve y promueva la dimensión cultual y evangelizadora de esta tradición religiosa.

Igualmente, los sacerdotes del Cabildo están inmersos en la pastoral diocesana desde los diversos ministerios encomendados por el Sr. Obispo: en los órganos de gobierno, en las parroquias, en servicios educativos, en los medios de comunicación social, etc.

El Cabildo se rige por el Código de Derecho Canónico, los propios estatutos y el Reglamento de Régimen Interno. Siguiendo las normas y orientaciones de estos documentos, se procede a la toma de posesión de los nuevos Canónigos.

 

By Published On: 30 enero, 2017Categories: HISTORIATags: